Tratado sobre la Carta de la Energía
El Tratado sobre la Carta de la Energía, adoptado el 17 de diciembre de 1994, provee un marco multilateral para la cooperación energética entre las Partes Contratantes. Incluye protecciones sustantivas a la inversión extranjera. Controversias entre un inversionista y una Parte Contratante conforme al Tratado sobre la Carta de la Energía pueden ser sometidas a arbitraje de conformidad con una serie de regímenes procedimentales, incluyendo el Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI. La PCA provee regularmente servicios administrativos de apoyo en controversias entre inversionistas y estados que surgen conforme al Tratado sobre la Carta de la Energía, tramitados conforme al Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI. Para encontrar información disponible al público sobre casos conforme al Tratado sobre la Carta de la Energía administrados por la CPA, visite, por favor, el Repositorio de Casos de la CPA.
Como un paso más en la promoción de las metas consagradas en el Tratado sobre la Carta de la Energía, la Carta Internacional de la Energía—una declaración política encaminada a fortalecer la cooperación energética entre estados— fue adoptada en la Conferencia Ministerial sostenida en La Haya el 20 y 21 de mayo de 2015. Aunque la Carta Internacional de la Energía no contiene ninguna obligación legalmente vinculante, establece principios comunes para la cooperación internacional en el campo de la energía. Luego de la adopción de la Carta Internacional de la Energía, el 22 de mayo de 2015, la CPA y la Secretaría de la Carta de la Energía organizaron el Foro Jurídico de la Carta de la Energía en La Haya, sobre la “Solución de Controversias Energéticas Internacionales: Paz, Estabilidad y Seguridad”.
El evento proveyó un foro para que representantes de gobiernos y compañías energéticas discutieran sobre la solución de controversias energéticas. El foro constó de dos paneles: el primero, moderado por el Sr. Michael Polkinghorne, socio de White & Case LLP (París), estuvo compuesto por los siguientes representantes gubernamentales:
- Sr. Bayaornibè Dabire, Director de Energía de la CEDEAO;
- Sra. Alisa Newman Hood, Asesora Sénior, Oficina de Recursos Energéticos, Departamento de Estado de los EEUU; y,
- Sra. Marie Talašová, Jefe del Departamento de Arbitraje Internacional del Ministerio de Finanzas, República Checa.
El Segundo panel, moderado por la Dra. Sabine Konrad, social de McDermott Will & Emery LLP (Francfort), incluyó a los siguientes representantes de compañías energéticas:
- Sr. Cornelis van der Bom, Consejero General Asociado (Actividades de Producción), Shell;
- Sr. Michael McIlwrath, Jefe Global de Litigios, GE Petróleo y Gas;
- Dr. Zangar Nogaibay, Director Ejecutivo, Asociación “Kazenergy”;
- Dr. Sun Xiansheng, Presidente, Corporación Nacional de Petróleo de China (CNPC), Instituto de Investigación Económica y Tecnológica; y,
- Sra. Masako Takahata, Consejera General, Eurus Energy Holdings Corporation.
El Secretario-General de la CPA, S.E. Sr. Hugo H. Siblesz, pronunciando su discurso de apertura.
El Secretario-General de la SCE, S.E. Dr. Urban Rusnák, pronunciando su discurso de apertura.
El Panel Gubernamental (de izquierda a derecha): el Sr. Michael Polkinghorne (moderador), la Sra. Alisa Newman Hood, la Sra. Marie Talašová y el Sr. Bayaornibè Dabire.
El Panel de las compañías energéticas (de izquierda a derecha): la Dra. Sabine Konrad (moderadora), el Dr. Sun Xiansheng, la Sra. Masako Takahata, el Sr. Cornelis van der Bom, el Sr. Michael McIlwrath y el Dr. Zangar Nogaibay.